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TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 5.ª, 1303/2019, de 3 de octubre

SP/SENT/1021169

Recurso 262/2018. Ponente: CESAR TOLOSA TRIBIÑO.

Responsabilidad patrimonial del Estado legislador derivada de la declaración de inconstitucionalidad del IIVTNU o plusvalía: un estudio genérico del precios no acredita la inexistencia del hecho imponible 
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO: La representación procesal de Punto y coma de Gestión Inmobiliaria y Urbanística, S.A., presentó, ante esta Sala tercera del Tribunal Supremo, escrito iniciador de recurso contencioso-administrativo contra la ""DESESTIMACIÓN PRESUNTA por parte del CONSEJO DE MINISTROS de la solicitud de responsabilidad patrimonial del Estado Legislador por pago indebido de las liquidaciones de plusvalía (Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana) dada la declaración de inconstitucionalidad, por parte del Tribunal Constitucional, de varios artículos de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, presentada el 26 de julio de 2017"".
SEGUNDO: Admitido a trámite el recurso y, tras recibir el expediente administrativo, se concedió plazo para deducir demanda.
La mercantil recurrente solicitaba una ""sentencia en la que, estimando el recurso interpuesto, condena a la demandada a indemnizar a mi representada con la cantidad de DOSCIENTOS VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UN EUROS CON UN CÉNTIMO DE EURO, incrementada con los intereses legales que procedan desde el 5 de septiembre de 2016 hasta el día del pago efectivo [...]""; defendiendo que ""Mi representada recibió varias liquidaciones tributarias emitidas por el Ayuntamiento de Getafe (Madrid) por aplicación del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana por la venta de unos terrenos sitos en Call
e Colodra, 1 y Avda Ingenioso Hidalgo, 5, de dicha localidad, que previamente había adquirido para el desarrollo de una cooperativa de viviendas, cuando no se había producido ningún incremento del valor de los mismos desde su compra hasta su venta. El importe de las liquidaciones ascendió a 210.001,90 euros. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n° 3 de los de Madrid conoció del recurso contencioso-administrativo deducido contra dichas liqu

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