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Asesor Fiscal

TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 2.ª, 144/2017, de 31 de enero. Recurso 2300/2015

Ponente: JOSE ANTONIO MONTERO FERNANDEZ
SP/SENT/886219
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 El inicio y tramitación de un procedimiento de Inspección tributaria para descubrir hechos en nada absolutamente incide sobre el elemento culpabilidad necesaria para proceder a sancionar
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- En el recurso contencioso-administrativo n.º 97/2012, seguido en la Sección Segunda, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con fecha 3 de junio de 2015, se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: «FALLO. Que estimamos parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de la entidad Reyal Urbis, S.L. contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central de 19 de enero de 2012 a que las presentes actuaciones se contraen, la cual confirmamos por ser ajustada a Derecho, salvo en el extremo relativo al acuerdo de imposición de sanción de 25 de marzo de 2010, que se anula.- En cuanto a las costas cada parte abonará las causadas a su instancia y las comunes por mitad».
Esta sentencia fue notificada al procurador D. Isidro Orquín Cedenilla, en nombre y representación de la entidad REYAL URBIS, S.L., y al Sr. Abogado del Estado, en nombre y representación de La Administración General del Estado, el día 3 y 5 de junio de 2015, respectivamente.
SEGUNDO.- El procurador D. Isidro Orquín Cedenilla, en nombre y representación de la entidad REYAL URBIS, S.L, y el Sr. Abogado del Estado, en nombre y representación de La Administración General del Estado, presentaron escritos de preparación del recurso de casación con fechas 17 y 19 de junio de 2015, respectivamente, en los que manifestaron su de interponerlo con sucinta exposición de
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