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Asesor Fiscal

TJCE/TJUE, Sala Cuarta, de 22 de noviembre de 2017. Recurso C-251/16

Ponente: T. von Danwitz
SP/SENT/927239
Gestión Documental
 El principio de prohibición de prácticas abusivas puede aplicarse directamente, con independencia de que exista una medida nacional que lo incorpore al ordenamiento jurídico interno, para denegar la exención del IVA a ventas de bienes inmuebles
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ANTECEDENTES DE HECHO
Litigio principal y cuestiones prejudiciales
12 Los recurrentes en el litigio principal eran coproprietarios de un terreno urbanizable en la ciudad de Baltimore, en Irlanda, en el que construyeron quince viviendas vacacionales destinadas a la venta.
13 Antes de proceder a estas ventas, en los meses de marzo y abril de 2002 llevaron a cabo una serie de operaciones con una sociedad vinculada, Shamrock Estates Limited. El 8 de marzo de 2002, celebraron dos contratos de arrendamiento con esta sociedad, a saber, por una parte, un contrato de arrendamiento mediante el cual cedían en arrendamiento dichos bienes inmuebles por un período de 20 años y un mes a partir de esa fecha (en lo sucesivo, «arrendamiento de larga duración») y, por otra parte, un contrato de arrendamiento que disponía de nuevo el arrendamiento de los mismos bienes inmuebles por parte de Shamrock Estates a los recurrentes por un período de dos años.
14 El 3 de abril de 2002, se puso fin a estos dos contratos de arrendamiento en virtud de renuncia mutua de cada uno de los arrendatarios, de modo que los recurrentes en el litigio principal recuperaron el pleno dominio de los bienes inmuebles de que se trata en el litigio principal.
15 En mayo de 2002, los recurrentes en el litigio principal vendieron todos los inmuebles a terceros, que adquirieron su pleno dominio.
16 De la resolución
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