CARGANDO...

Penal

SP/DOCT/22948

Artículo Monográfico. Agosto 2017

Un nuevo modelo de protección y apoyo a las víctimas del delito

Fernando de Rosa Torner. Presidente de la Audiencia Provincial de Valencia
Gestión Documental
I. Introducción
El Estatuto de la Víctima del Delito, aprobado por la Ley 4/2015, de 27 de abril, publicada en el BOE del día siguiente, reúne en un solo texto el catálogo de derechos procesales y extraprocesales de las víctimas, transponiendo la Directiva 2012/29/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012. La mencionada Ley ha sido objeto de desarrollo reglamentario a través del Real Decreto 1109/2015, de 11 de diciembre, publicado en el BOE de 30 de diciembre de 2015.
Con carácter general, el Estatuto reconoce a todas las víctimas el derecho a la información, apoyo, asistencia y atención, así como a la participación activa en el proceso y a recibir un trato respetuoso, profesional, individualizado y no discriminatorio desde que se produce su primer contacto con las autoridades o funcionarios, durante la actuación de los servicios de asistencia y apoyo y de justicia restaurativa, a lo largo de todo el proceso penal y por un período de tiempo adecuado después de su conclusión.
Como podrá verse seguidamente, la reforma supone un importante cambio en la forma de entender los derechos de la víctima del delito y una potenciación de su participación en el proceso penal, cuidando tanto de sus necesidades materiales o económicas como de las morales.
También puedes adquirir este documento o suscribirte para acceder a todos los contenidos