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TS, Sala Segunda, de lo Penal, 447/2021, de 26 de mayo. Con Comentarios

SP/SENT/1101971

Recurso 3097/2019. Ponente: JAVIER HERNANDEZ GARCIA.

Se aprecian dilaciones extraordinarias en la duración del proceso de siete años, con elementos de especial desmesura por disfunciones de ordenación procedimental y que derivan en graves consecuencias punitivas para la persona sometida a este 
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Se aprecia delito de agresión sexual en ciberdelincuencia ante la intimidación ejercida sobre la menor, mediante amenazas de publicar o enviar sus vídeos sexuales, para llevar a cabo la cosificación sexual 
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El Juzgado de Instrucción núm. 3 de DIRECCION004 instruyó Sumario número 1/2016, por delitos de agresión sexual, corrupción de menores y exhibición de material pornográfico contra Juan Manuel; una vez concluso lo remitió a la Audiencia Provincial de Valencia, cuya Sección tercera (rollo de sala 135/2017) dictó Sentencia número 218/2019 en fecha 9 de abril de 2019 que contiene los siguientes hechos probados:
"El acusado Juan Manuel, nacido el NUM000-1990, con DNI NUM001 y sin antecedentes penales, usuario -además de titular- del número de abonado de teléfono móvil NUM002, en la segunda quincena del mes de marzo de 2012 y fingiendo ser una menor llamada Remedios, envió a través de la red social DIRECCION000 una invitación de amistad a la menor Salome, nacida el NUM003-2000, la que fue aceptada, Trascurridos 3 días aproximadamente, el acusado contactó, bajo la falsa identidad y a través de su teléfono móvil num. NUM004 mediante la aplicación DIRECCION002 con Salome tras conseguir el teléfono de ésta, manteniendo inicialmente conversaciones en tono amigable enviándole el acusado 'la fotografía de una menor desnuda, haciéndole creer que se trataba de la mencionada menor con la que Salome pensaba había trabado amistad, solicitando a ésta hiciera lo mismo y, como quiera que Salome se oponía ello, el acusado comenzó a amedrentarla, diciéndole que era un delito poseer la expresada fotografía y que, de no acceder a su pretensión al denunciaría a ella y a sus padres.<
/div>El acusado, siendo conocedor de que Salome era menor de edad y con la finalidad de satisfacer sus deseos sexuales, solicitó a ésta, insistiendo en que de no hacerlo la denunciaría a ella y a sus padres, le enviase fotografías en las que apareciese desnuda, mostrando su partes íntimas. Salome remitió, desde su teléfono móvil NUM005 y a través de la aplicación DIRECCION002 al teléfono móvil del acusado, num. NUM004, d

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