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Penal

TS, Sala Segunda, de lo Penal, 710/2021, de 20 de septiembre. Recurso 1602/2019

Ponente: ANA MARIA FERRER GARCIA
SP/SENT/1114245
RESUMEN

Cesión de jurisdicción a favor de la Fiscalía alemana. Riesgo de vulneración del principio ne bis in ídem

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 El ne bis in idem exige un identidad de sujeto, hecho y fundamento; existe una identidad entre la sanción administrativa impuesta en Alemania y la pretensión punitiva del art. 31 bis CP por lo que consta una vulneración del doble enjuiciamiento
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El Juzgado Central de Instrucción num. 2 incoó Procedimiento Abreviado num. 91/2015-C y una vez concluso lo remitió a la Sala de lo Penal Audiencia Nacional, que con fecha 23 de noviembre de 2018, dictó auto que contiene los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO: "PRIMERO.- Las presentes actuaciones, se incoaron el día 29 de Septiembre de 2015, en virtud de asignación por reparto de querella presentada por la Procuradora Dª María Isabel Salamanca Álvaro en nombre y representación del SINDICATO COLECTIVO DE FUNCIONARIOS PÚBLICOS MANOS LIMPIAS, contra VOLKSWAGEN AUDI ESPAÑA S.A., contra su Presidente D. Ambrosio, contra VOLKSWAGEN NAVARRA S.A., D. Hugo, contra SEAT S.A. y su Presidente, D. Luis, así como las personas que a lo largo de la instrucción resultaren responsables, por la presunta comisión de los delitos contra los consumidores, establecido en el art. 278 y ss del C.P., Estafa de los art. 248 y ss del C.P, contra el Medio Ambiente art. 325 y ss del C.P, Falsificación Documental arts. 392 y 395 del C.P., Fraude art. 436 del C.P y contra la Hacienda Pública del art. 305 del repetido Código.
SEGUNDO.- El Ministerio Fiscal emitió dictamen favorable a la asunción de la competencia por parte de la Audiencia Nacional y de éste Juzgado Central, para llevar a efecto la investigación, conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de Ley de la Ley Orgánica del Poder Judicial, por tratarse presuntamente de un delito de defraudación que puede producir perjuicio patrimonial
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