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Penal

TS, Sala Segunda, de lo Penal, 532/2017, de 11 de julio. Recurso 10691/2016. Con Comentarios

Ponente: FRANCISCO MONTERDE FERRER
SP/SENT/912822
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 El auto que se recurre establece los datos de las ejecutorias en forma que no es coincidente con la hoja penal lo que va a impedir que proceda el estudio de la refundición de las condenas
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 Los defectos del auto recurrido provocan su anulación, siendo necesario que consten los datos precisos para poder observar si procede o no la refundición de condenas
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El Juzgado de lo Penal nº 2 de Toledo, en el expediente de ejecutorias nº 11/14, seguido contra D. Alexis , con fecha 12 de enero de 2016, dictó Auto conteniendo los siguientes Hechos: "PRIMERO.- Se recibió en este Juzgado escrito de condenado Alexis , en la causa al margen referenciada, por la cual interesaba de este Juzgado la aplicación del artículo 76 del C. Penal de 1995 , a las condenas que tenía impuestas.
SEGUNDO.- Con fecha de 4 de diciembre de 2015, por diligencia de ordenación se formó expediente para tramitar la pretensión de refundición de condenas y a tal efecto se unieron los testimonios de sentencia oportunos y se solicitaron los antecedentes penales del condenado. Verificado lo cual se confirió traslado al Ministerio Fiscal para informe.
TERCERO.- Con fecha de 8 de enero de 2016, el Ministerio Fiscal evacuó el trámite en los términos que obra en autos. "
SEGUNDO.- El órgano judicial de instancia hizo constar la siguiente Parte Dispositiva: " Que NO HA LUGAR A LA REFUNDICIÓN de las condenas interesadas por el penado Alexis .
Notifíquese esta resolución al penado y al Ministerio Fiscal, contra la misma cabe interponer RECURSO DE CASACIÓN por infracción de Ley. "
TERCERO.- Notificado el Auto a las partes, se preparó recurso de casación por Infracción de Ley por el penado D. Alexis , que se tuvo por anunciado, remi
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