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Penal

TS, Sala Segunda, de lo Penal, 73/2018, de 13 de enero. Recurso 882/2017

Ponente: ANTONIO DEL MORAL GARCIA
SP/SENT/940716
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 Aun estando pendiente de revisión administrativa no existe justificación para posponer la demolición de la edificación considerada penalmente ilegal
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El Juzgado de Instrucción núm. 4 de Nules (Castellón) instruyó PA nº 103/2014, contra D. Raúl y otros. Una vez concluso lo remitió a la Audiencia Provincial de Castellón (Sección Primera) que con fecha 3 de enero de 2017 dictó sentencia que contiene los siguientes Hechos Probados:
«El acusado, Raúl , mayor de edad y sin antecedentes penales, el día 21 de abril de 2008 solicitó del Ayuntamiento de Sueras licencia para la construcción de una vivienda unifamiliar aislada en las parcelas agrupadas NUM000 , NUM001 , NUM002 y NUM003 del polígono NUM004 de su término municipal, las cuales se encuentran en suelo no urbanizable común, dentro del ámbito del Parque Natural de la Sierra Espadán, aportando a tales efectos un proyecto básico. El también acusado Luciano , mayor de edad y sin antecedentes penales, con fecha 11 de julio de 2008 y a petición del Ayuntamiento informó favorablemente dicho proyecto básico en su condición de arquitecto municipal del citado consistorio. En fecha 30 de enero de 2009 el Pleno del Ayuntamiento de Sueras, formado por los acusados Juan Ignacio (alcalde), Cirilo (teniente de alcalde), Horacio (concejal de urbanismo), Ricardo (concejal), Jesús Ángel (concejal) y Carlos (concejal), interviniendo como Secretaria de dicho Ayuntamiento la acusada Teresa , todos ellos mayores de edad y sin antecedentes penales, a la vista del anterior informe y del que también emitió la comisión de obras, acordó conceder la licencia solicitada, si bien condicio
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