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Mercantil y Concursal

SP/DOCT/19374

Artículo Monográfico. Mayo 2015

La responsabilidad empresarial en su acepción de responsabilidad civil. Principios, valores e instituciones civiles, para ser aplicadas en exclusiva en el proceso social

Fernando Sicre Gilabert. Doctor en Derecho y en Economía. Inspector de Trabajo y Seguridad Social
Gestión Documental
1.º La responsabilidad civil y su articulación con la responsabilidad de seguridad social: el complemento adecuado actual para el resarcimiento conveniente de los daños ocasionados por los riesgos profesionales
El régimen jurídico español sobre la siniestralidad laboral, en su triple dimensión preventiva, punitiva y reparadora se encuentra disperso, es poco o nada sistemático y fundamentado en la pervivencia de inercias históricas legislativas, que se superponen y que complican sobremanera la cuestión.
La articulación de las distintas responsabilidades empresariales sobre siniestralidad laboral, deben ser enfocadas como una adecuada concatenación de las tres funciones que perviven en dicho ámbito y que lo acotan para otorgarle la caracterización de sistema y que se refieren a las tres funciones antes referidas, preventiva, punitiva y reparadora.
Desde la óptica de los antecedentes, el tránsito a la situación actual caracterizada por la compatibilidad de responsabilidades, arranca con las prescripciones contenidas en la Ley de Accidentes de Trabajo de 1932, en cuya virtud se generó cierta jurisprudencia que apoyaba dicha posibilidad Nota . Las normas posteriores a la indicada, siguiendo las directrices marcadas por la jurisprudencia entonces existente, recogían de forma expresa la compatibilidad de responsabilidades y por ende la compatibilidad entre las prestaciones ordinarias de Seguros Sociales y la indemnización a cargo del empresario, en la que se materializaba la responsabil
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