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Mercantil y Concursal

SP/DOCT/22122

Informes y Conclusiones. Noviembre 2016

Conclusiones del Encuentro de Magistrados de lo Mercantil 2016.

Directora: María del Mar Hernández Rodríguez. Magistrada de la Sección 4.ª de la Audiencia Provincial de Cantabria. Especialista CGPJ en Mercantil
RESUMEN



Introducción del Departamento Jurídico de Sepín Mercantil

Las conclusiones alcanzadas por los Jueces de lo Mercantil, en el último encuentro que han mantenido durante el mes de noviembre de 2016, son de absoluta relevancia y total claridad y dejan patente que, una vez más, son los órganos jurisdiccionales especializados los que van por delante del legislador y los que insisten en la necesaria armonización de los principales institutos mercantiles españoles al Derecho comunitario.

En primer lugar, presentan dos decisiones:

En Concursal, abogan por volver a atribuir la competencia para conocer de concursos de personas físicas a los Juzgados de lo mercantil.

Y en Propiedad Industrial llaman la atención sobre el especial impacto de los arts. 43 y 45 de la Directiva 2015/2436 en nuestro ordenamiento jurídico. Tanto en su trasposición como en la necesaria modificación del marco legislativo, así como en la prevalencia de que la decisión que se ha de adoptar lo sea en sede judicial.

Y como Conclusiones abordan y resuelven las siguientes:

– Societario:

Plantean primero cuál es la aplicación práctica del art. 160 f) LSC: para ello determinan el concepto de balance que refiere. Y resuelven qué bienes pueden implicar una alteración cualitativa, si es aplicable este precepto a las sociedades en liquidación y si lo es a sociedades en concurso.

En segundo lugar, definen la extensión del ámbito subjetivo y objetivo de la responsabilidad y su coordinación con la calificación concursal.

– Derecho concursal:

Se centran tanto en la Refinanciación y el Acuerdo Extrajudicial de Pagos como en Convenio, Liquidación, Conclusión y Calificación del concurso. Se abordan otros temas relevantes y polémicos como los conflictos competenciales y el cruce de competencias entre Juzgados de lo mercantil y otros órganos judiciales.


– Derecho de transporte:

Se tratan las especialidades procesales en la Ley de Navegación Marítima, que ha sufrido una amplia modificación con importante reflejo en el derecho sustantivo y procesal, y el Transporte Aéreo, abarcando todas las cuestiones incidentales e indemnizables que su desarrollo contractual genera.

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