CARGANDO...

Mercantil y Concursal

SP/DOCT/22348

Artículo Monográfico. Enero 2017

Preceptos legales aplicables a las cláusulas suelo

Departamento Jurídico de Sepín Mercantil
Gestión Documental
I. Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de la Contratación
(SP/LEG/2399)
Condiciones generales de la contratación
Art. 1. Ámbito objetivo
1. Son condiciones generales de la contratación las cláusulas predispuestas cuya incorporación al contrato sea impuesta por una de las partes, con independencia de la autoría material de las mismas, de su apariencia externa, de su extensión y de cualesquiera otras circunstancias, habiendo sido redactadas con la finalidad de ser incorporadas a una pluralidad de contratos.
2. El hecho de que ciertos elementos de una cláusula o que una o varias cláusulas aisladas se hayan negociado individualmente no excluirá la aplicación de esta Ley al resto del contrato si la apreciación global lleva a la conclusión de que se trata de un contrato de adhesión.
Art. 2. Ámbito subjetivo
1. La presente Ley será de aplicación a los contratos que contengan condiciones generales celebrados entre un profesional –predisponente– y cualquier persona física o jurídica -adherente.
2. A los efectos de esta Ley se entiende por profesional a toda persona física o jurídica que actúe dentro del marco de su actividad profesional o empresarial, ya sea pública o privada.
3. El adherente podrá ser también un profesional, sin necesidad de que actúe en el marco de su actividad.
Art. 5. Requisitos de incorporación
También puedes adquirir este documento o suscribirte para acceder a todos los contenidos