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Mercantil y Concursal

TS, Sala Primera, de lo Civil, 296/2022, de 6 de abril. Recurso 1476/2019

Ponente: IGNACIO SANCHO GARGALLO
SP/SENT/1141514
RESUMEN

Concurso de acreedores. Validez de una proposición alternativa que consiste en la conversión de créditos en acciones. En la medida en que la aprobación de la ampliación de capital social afecta al cumplimiento de la conversión de créditos en acciones o participaciones, sin que pueda caracterizarse como una condición a los efectos de la prohibición prevista en el art. 101.1 LC, las circunstancias que puedan incidir en ese cumplimiento efectivo tampoco pueden merecer esta caracterización de condición. El hecho de que un número relevante de acciones estén pignoradas y de acuerdo con el pacto de pignoración sea necesaria la autorización del acreedor pignoraticio para un ejercicio de los derechos políticos como este, es una circunstancia que puede llegar a afectar al cumplimiento, pero no convierte la propuesta de convenio en condicionada, como pretende el recurrente.

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 La propuesta de convenio del club de fútbol no está condicionada por proponer la conversión de créditos en acciones, aunque para cumplirla haya que ampliar el capital social, ni porque exista un pacto de pignoración de acciones
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. Tramitación en primera instancia
1. El Abogado del Estado, en nombre y representación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, interpuso demanda de incidente concursal (núm. 170/2017) en oposición a la aprobación judicial de la propuesta de convenio aceptada en la Junta de acreedores ante el Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante, sede en Elche, frente a la entidad concursada Elche C.F. S.A.D. y la administración concursal, para que se dictase sentencia por la que:
"No se apruebe dicha propuesta de convenio y proceda a la apertura de la fase de liquidación, ex artículo 143.3º LC, de acuerdo con lo expuesto en los términos de este escrito".
2. El Letrado de la Administración de la Seguridad Social, en representación de la Tesorería General de la Seguridad Social, interpuso demanda de incidente concursal (núm. 171/2017) en oposición a la aprobación judicial de la propuesta de convenio aceptada en la Junta de acreedores ante el Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante, sede en Elche, frente a la entidad concursada Elche C.F. S.A.D. y la administración concursal, para que se dictase sentencia por la que:
"se acuerde rechazar el convenio con apertura de la fase de liquidación".
3. El Abogado de la Generalitat, en representación del Instituto Valenciano de Finanzas (IVF), interpuso demanda de incidente con
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