CARGANDO...

Mercantil y Concursal

TS, Sala Primera, de lo Civil, 144/2017, de 1 de marzo. Recurso 2198/2014

Ponente: RAFAEL SARAZA JIMENA
SP/SENT/890499
Gestión Documental
 No cabe responsabilidad solidaria de administrador y SL, ex 105 LSRL, la deuda nació al prestar los servicios el abogado y procurador y siendo la última actuación procesal de marzo de 2006, la obligación social era anterior a la causa de disolución
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia
1.- La procuradora D.ª Adela , en su propio nombre y en representación de D. Abel , interpuso demanda de juicio verbal contra la mercantil David Gil Chamorro S.L. y contra D. Secundino , en la que solicitaba se dictara sentencia:
«[...] por la que se condene a pagar:
» 1º) A la entidad "David Gil Chamorro, S.L." al Letrado D. Abel , y a la Procuradora, Dª Adela , la cantidad de cuatro mil novecientos cincuenta siete (sic) euros con setenta y uno céntimos (4.957,71.-€;) más sus intereses.
» 2º) Que a Secundino , Administrador único de la mercantil se le declare responsable solidario por la deuda contraída por aquella y que se le condene también a su pago.
» 3º) Al pago de las costas procesales».
2.- La demanda fue presentada el 5 de diciembre de 2011 y repartida al Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Valencia, y fue registrada con el núm. 1436/2011 . Una vez fue admitida a trámite, se procedió a señalar día para el juicio y se citó a las partes para que comparecieran a dicho acto.
3.- El demandado D. Secundino compareció en su propio nombre al acto del juicio y contestó la demanda. La demandada David Gil Chamorro S.L. fue declarada en rebeldía.
4.- Tras seguirse los trámites correspond
También puedes adquirir este documento o suscribirte para acceder a todos los contenidos