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Mercantil y Concursal

TS, Sala Primera, de lo Civil, 656/2017, de 1 de diciembre. Recurso 1759/2015

Ponente: RAFAEL SARAZA JIMENA
SP/SENT/929917
Gestión Documental
 Una vez declarado el concurso, el concursado persona física incumplió su deber de colaborar con el juez del concurso y la AC, negándose a facilitarles la información necesaria e incurriendo así en una conducta dolosa que agravó su insolvencia
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia
1.- En los autos de concurso abreviado 552/2012, sección 6.ª, con fecha 17 de febrero de 2014, D. Octavio , Administrador concursal designado en el concurso voluntario de D. Gerardo emitió el informe previsto en el art. 169 de la Ley Concursal , en el que calificó el concurso como culpable, y afirmaba que la calificación debía afectar a D. Gerardo , para el que solicitaba la inhabilitación para administrar los bienes propios o ajenos y para representar a cualquier persona durante un periodo de 2 años.
El Ministerio Fiscal emitió informe en el que solicitaba que se dictara sentencia por la que se declarara el concurso de D. Gerardo como culpable y se acordara su inhabilitación para administrar los bienes ajenos durante un periodo de 2 años.
2.- El 25 de abril de 2014, la procuradora D.ª Ana Rosa Álvarez Sánchez, en nombre y representación de D. Gerardo , presentó escrito en el que solicitaba la desestimación de la pretensión de calificación del concurso como culpable formulada por el Administrador Concursal y el Ministerio Fiscal y la declaración del concurso como fortuito.
3.- Tras seguirse los trámites correspondientes, el Magistrado-juez del Juzgado de lo Mercantil 1 de Bilbao, dictó sentencia 205/2014 de fecha 9 de julio , con la siguiente parte dispositiva:
«Debo declarar y declaro culpable el concurso
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