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Mercantil y Concursal

TS, Sala Primera, de lo Civil, 14/2018, de 12 de enero. Recurso 751/2015

Ponente: RAFAEL SARAZA JIMENA
SP/SENT/934080
Gestión Documental
 No hay responsabilidad social porque la AEAT no diera un trato favorable a la venta de las parcelas y el pago mediante cesión de los derechos de suscripción preferente, pues no hay daño patrimonial causada por dolo ni por negligencia grave
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia.
1.- La procuradora D.ª Olga García Gandía, en nombre y representación de Florencio Agustín e Hijos S.A., interpuso demanda de juicio ordinario contra D. Mateo , D. Fausto y D.ª María Consuelo en la que solicitaba se dictara sentencia:
«[...] por la que estimando íntegramente la demanda interpuesta, declare que los demandados han incurrido en responsabilidad frente a la Sociedad "Florencio Agustín e Hijos, SA" por la operación inmobiliaria y transmisión efectuada por los mismos como administradores de la referida mercantil en cuanto a las fincas que se transmiten en la escritura pública de 21 de diciembre de 1.988, número 5.997 del protocolo del Notario de Barcelona Sr. Cabadés O'Callaghan, a favor de la mercantil Hotel Golf Descubrimiento S.A:, al haber sido realizada la misma en beneficio de los administradores y en correlativo perjuicio patrimonial de la sociedad, y en consecuencia, condene a los demandados a que abonen solidariamente a la compañía actora la cantidad de diez mil seiscientos veintiún millones doscientas veinticinco mil sesenta pesetas (10.621.225.060 PTS), equivalentes a sesenta y tres millones ochocientos treinta y cuatro mil ochocientos cuarenta y siete euros (63.834.847'00 €;), más los intereses legales que prescribe la vigente LECiv, y más los daños y perjuicios que se cuantificarán en ejecución de sentencia, tomando como base los causados a la indicada
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