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Mediación y Arbitraje

REGLAMENTO (CE) n.º 207/2009 del Consejo, de 26 de febrero de 2009 sobre la marca de la Unión Europea (Versión codificada) (Texto pertinente a efectos del EEE)

órgano emisor: CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA

publicación: D.O.U.E L num. 78 - 24/03/2009

entrada en vigor: 13/04/2009

norma derogada: 06/07/2017

Norma derogada a partir del día 6 de julio de 2017 por Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2017 (SP/LEG/22096).

Téngase en cuenta que los términos «marca comunitaria» se sustituyen por «marca de la Unión Europea (marca de la Unión)» en el artículo 1, apartado 1, y en el resto del Reglamento se sustituyen por «marca de la Unión», los términos «tribunal de marcas comunitarias» se sustituyen por «tribunal de marcas de la Unión Europea» («tribunal de marcas de la Unión»), introduciéndose los cambios gramaticales que resulten necesarios, los términos «marcas comunitarias colectivas» se sustituyen por «“marcas colectivas de la Unión Europea” (“marcas colectivas de la Unión”)», en el artículo 66, apartado 1, y en el resto del Reglamento se sustituyen por «marcas colectivas de la Unión», introduciéndose los cambios gramaticales que resulten necesarios, a lo largo de todo el Reglamento, salvo en los casos contemplados en los puntos 2, 3 y 4, los términos «Comunidad», «Comunidad Europea» y «Comunidades Europeas» se sustituyen por «Unión» y el término «presidente de la Oficina» y todas las referencias a dicho presidente se sustituyen por «director ejecutivo de la Oficina/director ejecutivo», según proceda conforme establece el Reglamento (UE) 2015/2424 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2015 (SP/LEG/19057).

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Artículo 96. Competencia en materia de violación y de validez