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Mediación y Arbitraje

SP/NOT/966

Notas. Abril 2017

Resolución alternativa de litigios en consumo: incorporación al ordenamiento jurídico de la Directiva 2013/11/UE

La Comisión Europea reconoce las ventajas ofrecidas por la resolución alternativa de litigios en materia de consumo como medio de conseguir una solución extrajudicial, sencilla, rápida y asequible.

Sin embargo, y a pesar de las últimas Recomendaciones, estas han resultado insuficientes para garantizar el acceso de los consumidores a este tipo de entidades de resolución alternativa y a sus procedimientos en todas las áreas geográficas y sectoriales de la Unión Europea. Quince años después del inicio de la notificación a la Comisión Europea de estas entidades de resolución alternativa, los consumidores y empresarios continúan sin conocer las vías de recurso extrajudicial, lo que sin duda constituye un obstáculo para el desarrollo y buen funcionamiento del mercado interior. De ahí el nacimiento de la Directiva 2013/11/UE, que realiza una armonización mínima y obliga a los Estados miembros a garantizar a los consumidores residentes en la Unión Europea la posibilidad de resolver sus litigios con empresarios establecidos en cualquier Estado miembro mediante la intervención de entidades de resolución alternativa que ofrezcan procedimientos de resolución alternativa o extrajudicial de litigios de consumo, que sean independientes, imparciales, transparentes, efectivos, rápidos y justos.
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