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Mediación y Arbitraje

TSJ Madrid, Sala de lo Civil y Penal, Sec. 1.ª, 22/2017, de 23 de marzo. Recurso 85/2016

Ponente: JESUS MARIA SANTOS VIJANDE
SP/SENT/902973
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 Se declara la nulidad del laudo arbitral que declaraba resuelto el arrendamiento y condenaba al arrendatario a abonar cantidad puesto que la corte arbitral no actúa con objetividad ni igualdad pues tenía vínculos previos con la parte arrendadora
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO .- El día 24 de octubre de 2016 tuvo entrada en este Tribunal Superior la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales D. Ángel Rojas Santos, en nombre y representación de INMOSENIOR, S.L., ejercitando, contra D. Fulgencio , acción de anulación del Laudo dictado el 1 de agosto de 2016 -e integrado por Auto de 5 de agosto siguiente- por D. Alfonso García-Loygorri Gazapo, árbitro único designado por ASOCIACIÓN TRIBUNAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE (TCA) en el procedimiento arbitral 44/2016.
SEGUNDO .- Por DIOR de 27 de octubre de 2016 se requiere al Procurador de la actora para que, en el plazo de diez días, presente el Modelo de Autoliquidación de Tasa 696, debidamente cumplimentado, validado y firmado, lo que efectivamente verifica mediante escrito presentado en este Tribunal Superior el día 7 de noviembre de 2016.
TERCERO .- Se admite a trámite la demanda por Decreto de de 10 de noviembre de 2016 y, realizado el emplazamiento del demandado, éste, representado por la Procuradora de los Tribunales Dª. María Soledad Gallo Sallent, presentó contestación a la demanda mediante escrito de fecha 18 de diciembre de 2016, registrado el siguiente día 19 vía lexnet.
CUARTO .- Dado traslado por diez días a la demandante -DIOR 22.12.2016- para presentar documentos adicionales o proponer prueba ex art. 42.1.b) LA, mediante escrito presentado el día 10 de enero de 2017 la representación de INMOSENIOR, S.L., reite
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