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TS, Sala Primera, de lo Civil, 310/2021, de 13 de mayo. Con Comentarios

SP/SENT/1099293

Recurso 1809/2018. Ponente: IGNACIO SANCHO GARGALLO.

La retribución máxima de la administradora debe aprobarse en la Junta General, al principio del ejercicio al que se aplicará o muy avanzado éste, lo relevante, y determinante, es que sea la Junta la que preste su conformidad durante ese ejercicio 
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Concurriendo una situación de conflicto de interés y el voto emitido por quien se encontraba afectado por tal conflicto fue decisivo para la aprobación del incremento de sueldo, será la sociedad debe probar que con ello no se lesiona interés social 
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. Tramitación en primera instancia
1. El procurador José Córdoba Almela, en nombre y representación de las entidades Brassey Inversiones S.L. y Nacavi Gestión Patrimonial S.L., interpuso demanda de juicio ordinario ante el Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante, contra la entidad Eslinga Sanitaria S.L., para que se dictase sentencia por la que:
"estimando la presente demanda declare la nulidad de los acuerdos impugnados por entender que resultan contrarios a la ley y/o a los estatutos sociales, así como por vulnerar los intereses sociales en beneficio de uno o varios socios o de terceros, declarando igualmente su ineficacia y la remoción de sus efectos, haciendo expresa imposición de las costas del procedimiento a la demandada".
2. El procurador Lorenzo Guich Giménez, en representación de la entidad Eslinga Sanitaria S.L., contestó a la demanda y pidió al Juzgado que dictase sentencia:
"por la que desestime la demanda condenando en costas a la parte actora".
3. El Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante dictó sentencia con fecha 1 de septiembre de 2017, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallo: Que con estimación parcial de la demanda presentada por el Procurador de los Tribunales don José Córdoba Almela, en nombre y representación de las entidades mercantiles Brassey Inversi
ones, S.L. y Nacavi Gestión Patrimonial, S.L., contra la entidad mercantil Eslinga Sanitaria, S.L., debo declarar y declaro la nulidad de los acuerdos 3º y 4º de la Junta General de socios de la entidad mercantil Eslinga Sanitaria, S.L. por vulneración del derecho de información, y en consecuencia, debo declarar y declaro la ineficacia de tales acuerdos 3º y 4º de la Junta General de socios de la entidad mercantil Eslinga Sanitaria, S.L. y la rem

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