CARGANDO...

 Jurisprudencia

TS, Sala Primera, de lo Civil, 683/2016, de 21 de noviembre. Recurso 2464/2014. Con Comentarios

Ponente: ANTONIO SALAS CARCELLER
SP/SENT/879394
Gestión Documental
 El arrendatario puede ejercitar el derecho de retracto aun cuando no esté en posesión física o material del inmueble, bastando la posesión mediata o jurídica como sucede con el subarriendo
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 El adquirente no comunicó al arrendatario las condiciones esenciales de la compraventa,y desde que éste las conoció por sus gestiones no había transcurrido el plazo de caducidad de treinta dias del art.25 LAU para el ejercicio del retracto
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La representación procesal de la entidad Inversiones Inmobiliarias Mosada S.L., interpuso demanda de juicio ordinario contra doña Rosaura , y alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al Juzgado se dictara sentencia por la que se acuerde lo siguiente:
«1º) Se declare y reconozca el derecho de INVERSIONES INMOBILIARIAS MOSADA S.L a retraer la finca en lugar de Doña Rosaura , en las mismas condiciones y precio que ésta ha adquirido la finca en el procedimiento judicial seguido ante el Juzgado de Primera Instancia 12 de Málaga, en autos 1646/2007.
»2º) Se declare ejercido en tiempo y forma el derecho de retracto por mi representada.
»3º) Se condene a DOÑA Rosaura a otorgar a favor de INVERSIONES INMOBILIARIAS MOSADA S.L escritura pública de retroventa de la finca NUM000 inscrita en el Registro de la Propiedad número tres de los de Vélez-Málaga al tomo NUM001 , libro NUM002 , folio NUM003 ., por igual precio que el valor de adjudicación del inmueble así como, impuestos liquidados, y honorarios registrales devengados hasta la inscripción del testimonio del decreto de adjudicación dictado en los referidos autos y cancelación de la carga ejecutada y de las inscripciones y anotaciones posteriores practicadas.
»3º) (sic) Las costas ocasionadas a mi mandante en caso de no allanarse la demandada a la acción ejercid
También puedes adquirir este documento o suscribirte para acceder a todos los contenidos