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 Jurisprudencia

TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 2.ª, 1132/2017, de 27 de junio. Recurso 3216/2015

Ponente: RAFAEL FERNANDEZ MONTALVO
SP/SENT/909631
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 Sentencia que considera errónea la fórmula de cálculo del IIVTNU o plusvalía municipal (art. 107 LRHL): existencia de nulidad constitucional del precepto que determina no ha lugar al recurso de casación en interés de Ley
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- En el recurso contencioso de apelación núm. 20/2015, seguido ante la Sección Cuarta Sala de dicho orden jurisdiccional del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana se dictó sentencia, con fecha 9 de julio de 2015 , cuyo fallo es del siguiente tenor literal: "Se estima el recurso de apelación interpuesto por la mercantil Nereida Mediterránea S.L. contra Sentencia nº 409/14, de 1 de diciembre, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº1 de Valencia en el Recurso 74/14 , la cual se revoca y se estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la mercantil Nereida Mediterránea, S.L. contra la resolución 3220/13, dictada por el ayuntamiento de Ribarroja del Turia en materia de impuesto sobre el valor de los terrenos de naturaleza urbana y desestimatoria del recurso de reposición contra la liquidación del impuesto, actos administrativos que se anulan por ser contrarios a derecho. No se hace expresa imposición de costas en ninguna de las instancias".
SEGUNDO .- Notificada dicha sentencia a las partes, por la representación procesal del Ayuntamiento de Ribarroja del Turia se interpuso recurso de casación en interés de Ley, solicitando que se estableciera la siguiente doctrina legal: " El incremento del valor de los terrenos a efectos de la liquidación del IIVTNU [Impuesto sobre Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana] es una presunción iuris et de iure, y se calcula en todo caso conforme a las determin
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