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 Jurisprudencia

TS, Sala Primera, de lo Civil, 421/2017, de 4 de julio. Recurso 513/2015

Ponente: MARIA DE LOS ANGELES PARRA LUCAN
SP/SENT/911701
Gestión Documental
 Le correspondía al banco, una vez clasificados los clientes como minoristas, probar que dio la información sobre riesgos de las PPR con suficiente antelación o que concurrían circunstancias en los clientes para no incurrir en error
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia.
1.- D. Cayetano y D.ª Enriqueta , interpusieron demanda de juicio ordinario contra Caja Madrid, posteriormente Bankia S.A., en la que solicitaba se dictara sentencia por la que estimándose íntegramente la demanda:
«1.- Declare la nulidad de pleno derecho del contrato de participaciones preferentes objeto del pleito, por ausencia de los requisitos del artículo 1.261 del Código Civil y/o por infracción de la normativa imperativa especial de aplicación al presente caso, que acarrea la nulidad de pleno derecho ex artículo 6.3 del Código Civil , además de todos los otros argumentos relatados en este escrito de demanda. Y que, en consecuencia (efectos ex tunc ), se ordene la restitución recíproca de las prestaciones entre las partes, más los intereses legales de dicha cantidad desde la fecha de su cargo en cuenta.
»2.- Subsidiariamente, declare la nulidad del contrato de participaciones preferentes objeto del pleito, por vicio en el consentimiento, además de todos los otros argumentos relatados en este escrito de demanda. Y que, en consecuencia (efectos ex tunc ), se ordene la restitución recíproca de las prestaciones entre las partes, más los intereses legales de dicha cantidad desde la fecha de su cargo en cuenta.
»3.- Subsidiariamente, a la no estimación por ese Tribunal de la declaración de nulidad de los contratos objeto del p
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