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 Doctrina y Consultas

TC, Sala Primera, 56/2019, de 6 de mayo. Recurso 901/2018. Con Comentarios

SP/SENT/1004846
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 Acoso laboral; vulneración del derecho fundamental a la integridad moral; el concepto de "acoso laboral" que establezca la legalidad ordinaria bien puede ser más amplio que los de "trato degradante" y lesión de la "integridad moral" o más estricto
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 Admitida la situación de inactividad laboral prolongada del demandante de amparo ante la falta de debida justificación por la Administración, quedando la misma constitucionalmente obligada a emplear sus recursos personales eficaz y eficientemente
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 La falta de motivo legítimo, en el trato dispensado por la administración al trabajador incurre en abuso de poder o arbitrariedad; comportamiento que supone un agravio comparativo y un menosprecio y ofensa a la dignidad; agravado por la duración
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 La administración ha lesionado el derecho a la integridad moral del demandante de amparo por marginarle laboralmente durante un periodo largo de tiempo
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ANTECEDENTES DE HECHO
1. Mediante escrito registrado en este Tribunal el 16 de febrero de 2018, don Jaime Nicolás Muñiz, representado por la procuradora de los Tribunales doña María Esther Centoria Parrondo y asistido por el abogado don Miguel Ángel López González, interpone recurso de amparo frente al supuesto acoso laboral producido en la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de la Seguridad de Estado (en adelante, la Gerencia), organismo autónomo adscrito a la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior, y las resoluciones judiciales que no lo habrían remediado, citadas en el encabezamiento.
2. Los hechos relevantes para el examen de la pretensión de amparo son los siguientes:
A) Don Jaime Nicolás Muñiz, funcionario del cuerpo de administradores civiles del Estado, cesa el 24 de marzo de 2012 como director del gabinete del presidente del Consejo de Estado. Solicita de inmediato su reincorporación a la Secretaría de Estado de Seguridad, centro donde tenía derecho a una reserva de puesto de trabajo.
B) El Ministerio del Interior promueve la creación de un nuevo puesto de "vocal asesor" en la Gerencia a fin de que pueda ocuparlo el actual demandante de amparo. El secretario general de la entidad manifiesta que, como consecuencia de la crisis inmobiliaria, este organismo autónomo ha reducido su volumen de trabajo sin que sea necesario contar con un puesto adicional de "vocal asesor" (consta en la
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