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 Doctrina y Consultas

AN, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 1.ª, de 29 de abril de 2019. Recurso 37/2018. Con Comentarios

Ponente: MARIA LUZ LOURDES SANZ CALVO
SP/SENT/1006780
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 No hay vulneración de la normativa de protección de datos por decir desde la terraza con tono elevado que una comunera es morosa
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO .- Interpuesto el recurso Contencioso-administrativo ante esta Sala de lo Contencioso administrativo de la Audiencia Nacional y turnado a esta Sección, fue admitido a trámite, reclamándose el expediente administrativo, para, una vez recibido emplazar a la actora para que formalizara la demanda, lo que así se hizo en escrito en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho qué consideró oportunos, terminó suplicando que se dicte sentencia por la que se declare no conforme a Derecho las resoluciones recurridas, al objeto de que se ordene a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) a reabrir la investigación de los hechos denunciados, y subsidiariamente que la Audiencia Nacional resuelva sobre las infracciones de la LOPD en relación con el derecho de acceso, a la calidad de los datos, la vulneración de los artículos 22 y 23 de la LOPD y la vulneración del deber de seguridad de los datos de cuyo cumplimiento.
SEGUNDO.- El Abogado del Estado, en su escrito de contestación a la demanda, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho qué consideró aplicables, solicitó se dicte sentencia que inadmita o, subsidiariamente, desestime el recurso, confirmando íntegramente la resolución impugnada por ser conforme a Derecho, con expresa condena en costas a la parte recurrente.
TERCERO.- Re cibido el recurso a prueba, practicada la admitida y evacuado el trámite de conclusiones, se señaló para votación y fallo el día 23 de abril de 2
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