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 Doctrina y Consultas

TS, Sala Primera, de lo Civil, 88/2022, de 3 de febrero. Recurso 1972/2018. Con Comentarios

Ponente: JUAN MARIA DIAZ FRAILE
SP/SENT/1133553
RESUMEN

Prescripción de la acción para la reclamación de los honorarios de los letrados. Jurisprudencia sobre el cómputo del plazo para el ejercicio de las acciones de reclamación de los honorarios profesionales de los letrados.

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 A los efectos del cómputo del plazo de prescripción, los servicios profesionales de los abogados y procuradores en un determinado asunto deben considerarse como un todo
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 La sentencia estima de forma incorrecta y contraria a la jurisprudencia de esta sala la excepción de prescripción de la acción de reclamación de honorarios profesionales de los letrados, pues parte de premisas erróneas
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia.
1.- La procuradora Dña. Inmaculada Roca Fernández, en nombre y representación de D. Ramón, bajo la dirección letrada de Dña. Beatriz Sánchez García, interpuso demanda de juicio ordinario contra Dña. Leocadia, en la que solicitaba se dicte sentencia por la que:
"Se condene a dicha demandada, Dña. Leocadia, a reembolsar, restituir y hacer entrega al actor de la cantidad de cuarenta y dos mil doscientos cuarenta y seis euros con quince céntimos (42.246,15.-€;), s.e.u.o., más los intereses legales desde la fecha de 6 de agosto anterior en que fue llevado a cabo para ello mediante el primer burofax, y, en todo caso, desde el 17 de octubre, del segundo, o fecha de admisión a trámite de la demanda, y las costas que se causen en este procedimiento, por ser así de hacer en justicia que respetuosamente pido".
2.- La demanda fue presentada el 13 de julio del 2015 y, repartida al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 2 de Andújar, fue registrada bajo el número de juicio ordinario 543/2015. Una vez fue admitida a trámite, se procedió al emplazamiento de la parte demandada.
3.- La procuradora Dña. Nuria Inclán Suárez, en representación de Dña. Leocadia, contestó a la demanda, solicitando su desestimación y la expresa condena en costas a la parte actora y seguidamente formuló demanda reconvencional en reclamación de costas pr
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