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Procesal Civil

SP/DOCT/22452

Encuesta Jurídica. Marzo 2017

Los prestatarios que solicitaron la devolución total de los intereses por cláusulas suelo y solo obtuvieron la devolución desde la STS de 9 de mayo de 2013, siendo firme la sentencia, ¿podrán solicitar ahora la devolución del resto de las cantidades?

Coordinador: José González Olleros. Magistrado de la Sección 13.ª de la Audiencia Provincial de Madrid
Gestión Documental
Respuestas
La totalidad de los encuestados manifiestan que no sería posible al entrar en juego la cosa juzgada
Achón Bruñén, María José
Doctora en Derecho
La Corte de Luxemburgo, en su Sentencia de 21 de diciembre de 2016, ha resuelto las cuestiones prejudiciales interpuestas por el Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Granada en el juicio ordinario 56/2014, en Auto de 25 de marzo de 2015 (asunto C-154/15) y por la Audiencia Provincial de Alicante en Autos de la Sección 8.ª, de 10 de junio de 2015, rec. 52/2015, y 14 de junio de 2015, rec. 112/2015 (asuntos C-307/15 y C-308/15).
El TJUE ha priorizado la justicia material y la protección plena de los consumidores y usuarios sobre los intereses económicos de las entidades bancarias, aun en contra de las alegaciones del Gobierno español y de las conclusiones del Abogado General, echando por tierra los postulados de nuestro Tribunal Supremo, que había fijado como doctrina que "cuando en aplicación de la sentencia de Pleno de 9 de mayo de 2013, ratificada por la de 16 de julio de 2014, Rc. 1217/2013 y la de 24 de marzo de 2015, Rc. 1765/2013, se declare abusiva y, por ende, nula la denominada cláusula suelo inserta en un contrato de préstamo con tipo de interés variable, procederá la restitución al prestatario de los intereses que hubiese pagado en aplicación de dicha cláusula a partir de la fecha de publicación de la citada sentencia de 9 de mayo de 2013" (SSTS de 25 de marzo de 2016 y 29 de abril de 2015).
El TJUE ha considerado que la obligación del Juez nacional de no aplicar una cláusula contractual abusiva que imponga el pago de c
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