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Procesal Civil

TS, Sala Primera, de lo Civil, 375/2021, de 1 de junio. Recurso 2924/2018

Ponente: JOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG
SP/SENT/1103355
RESUMEN

RESPONSABILIDAD CIVIL DE LETRADOS. REQUISITOS. DEBER DE VELAR POR LOS DERECHOS DE SUS PATROCINADOS INCLUIDOS LOS PROCESALES. EXISTENCIA DE RELACIÒN CAUSAL. DETERMINACIÓN DEL DAÑO. DOCTRINA DE LA PÉRDIDA DE LA OPORTUNIDAD.

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 La responsabilidad civil del letrado requiere la falta de diligencia en la prestación profesional, el nexo de causalidad con el daño producido, así como la existencia y alcance de éste, debiendo acreditarlo quien reclama
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 Hubo negligencia de la letrada, que no reacciona ante el error en el reparto de la demanda, presentando posteriormente la acción ya caducada parar reclamar compensación económica en unión de hecho
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia
1.- La procuradora D.ª Mónica Murcia Serrano, en nombre y representación de D.ª Milagrosa, interpuso demanda de juicio ordinario contra D.ª Paloma, en la que solicitaba se dictara sentencia:
"[...] estimando la demanda y condenando a la demanda a pagar a mi representada la cantidad de 150.578,86 €;, con más los intereses legales a computar desde la fecha de presentación de la demanda, con expresa imposición de costas".
2.- La demanda fue presentada el 25 de enero de 2013, y repartida al Juzgado de Primera Instancia n.º 41 de Barcelona, se registró con el n.º 118/2013. Una vez fue admitida a trámite, se procedió al emplazamiento de la parte demandada.
3.- El procurador D. Jame Romeu Soriano, en representación de D.ª Paloma, contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitaba al juzgado:
"[...] se dicte sentencia desestimándola en su integridad con expresa imposición de las costas procesales por su temeridad y mala fe".
4.- Tras seguirse los trámites correspondientes, el Magistrado-juez del Juzgado de Primera Instancia n.º 41 de Barcelona, dictó sentencia de fecha 21 de mayo de 2014, con la siguiente parte dispositiva:
"Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por Doña Milagrosa, representada por la
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