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TS, Sala Primera, de lo Civil, 404/2021, de 15 de junio

SP/SENT/1103754

Recurso 4134/2018. Ponente: FRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTAS.

Estimada la acción de nulidad por abusiva de la cláusula de gastos, aunque no se hayan estimado todas las pretensiones restitutorias, procede imponer las costas de primera instancia a la entidad financiera 
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.-1.- D. Avelino, representado por la procuradora Dña. Francisca Martínez del Valle y dirigido por los letrados Dña. Maite Ortiz Pérez y D. José María Erausquín Vázquez, interpuso demanda de juicio ordinario contra BBVA, S.A. y, alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al juzgado se dictara sentencia por la que:
"1.- Condene a la demandada a la devolución al prestatario la cantidad que corresponda por la aplicación de la cláusula suelo declarándola nula, sin limitación alguna, más los intereses legales.
"2.- Declare la nulidad de la cláusula de la escritura, en su apartado correspondiente a las comisiones por reclamación de posiciones deudoras, con devolución a mis mandantes de las cantidades abonadas por dicho concepto, en su caso.
"3.- Declare la nulidad de la cláusula de la escritura referida a los intereses de demora, con devolución a mis mandantes de las cantidades abonadas por dicho concepto, en su caso.
"4.- Declare la nulidad de la cláusula sexta referida a los gastos a cargo de la parte prestataria, y abone a mi representados la mitad de cuantos gastos les supuso la constitución de la hipoteca, tanto en concepto de aranceles notariales, como de aranceles registrales, gastos de gestoría y tramitación, así como la totalidad de los impuestos que abonaron no siendo obligados tributarios de los mismos.
v>"5.- Condene a la demandada a abonar el interés establecido en el art. 576 LEC."6.- Condene a la demandada a las costas judiciales causadas en el proceso".2.- Admitida a trámite la demanda, el demandado BBVA S.A., representado por el procurador D. José Ignacio Otermín Garmendia y bajo la dirección letrada de D. José Manuel Martínez de Bedoya, c

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