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Obligaciones y Contratos

TS, Sala Primera, de lo Civil, Pleno, 324/2017, de 24 de mayo. Recurso 197/2015. Con Comentarios

Ponente: IGNACIO SANCHO GARGALLO
SP/SENT/902471
Gestión Documental
 Una sociedad cuya escritura de extinción ha sido inscrita y cancelados todos sus asientos, pierde la personalidad jurídica para operar en el mercado como tal, pero la conserva respecto de reclamaciones pendientes basadas en pasivos sobrevenidos
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 Ejercitada una acción por incumplimiento contractual contra la promotora liquidada, el plazo de prescripción es el general de las acciones personales, sin que se deba demandar al resto de agentes que no forman parte del contrato de compraventa
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 Responsabilidad de la promotora por la deficiente colocación del terrazo, debiendo proceder a su sustitución, así como a sufragar el alquiler de una vivienda durante el tiempo que se tenga que dejar libre la vivienda para que se realicen las obras
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. Tramitación en primera instancia 1. La procuradora M.ª Luisa Izquierdo Tortosa, en nombre y representación de Genoveva, interpuso demanda de juicio ordinario ante el Juzgado de Primera Instancia núm. 17 de Valencia, contra la entidad Jardines-V S.A., para que se dictase sentencia: «estimando esta demanda en todas sus pretensiones, se condene a la demanda a: » 1º.- Realizar las obras y reparaciones necesarias para la correcta ejecución de la colocación del suelo de terrazo de conformidad con lo inicialmente contratado y en los términos que constan en el informe pericial de Don Romulo y Doña Benita. » Para el caso de que no se realizasen las obras y reparaciones por la parte demandada, esta deberá ser condenada a abonar a mis representados la cantidad de 48.822,39 euros (cuarenta y ocho mil ochocientos veintidós euros con treinta y nueve céntimos) IVA incluido para proceder a la ejecución de las obras por parte de mis representados y a costa y cargo de los demandados, cantidad que se calcula prudencialmente en estos momentos y, que deberá ser actualizada al momento de la ejecución por las posibles variaciones que puedan sufrir los precios. » 2º.- Al pago de la cantidad de 1.000 euros (mil euros) para proceder al pago del alojamiento en una vivienda de alquiler, durante el tiempo en que mi representada deba alojarse fuera de su domicilio para efectuar las obras y reparaciones necesarias, cantidad esta que se calcula prudencialmente en estos momentos y que deberá ser actualizada a
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