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Obligaciones y Contratos

TS, Sala Primera, de lo Civil, 325/2017, de 24 de mayo. Recurso 580/2015

Ponente: ANTONIO SALAS CARCELLER
SP/SENT/904774
Gestión Documental
 La colindancia y contigüidad de las fincas fue el elemento esencial para alcanzar el acuerdo entre las partes, sin que sean hábiles para la finalidad perseguida por el comprador las participaciones indivisas transmitidas de determinadas fincas
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 Las fincas no reunían las características pactadas, lo que ha supuesto la frustración para la compradora del fin del contrato en cuanto no puede dedicar lo adquirido al destino previsto, siendo un incumplimiento esencial con efectos resolutorios
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Ante el Juzgado de Primera Instancia fueron vistos los autos, juicio ordinario n.º 500/11, promovidos a instancia de la procuradora doña Trinidad , actuando en su propio nombre y en representación procesal de don Alfredo , don Cesar , doña Melisa , la mercantil Europe Meat Producers And Traders S.A., y la mercantil J.L.O. Vending Canarias S.L., contra la mercantil Gestión Urbanística de las Palmas S.A. y, los acumulados n.º 910/11 promovidos a instancia de Gestur Las Palmas, contra don Alfredo , doña Trinidad , la mercantil Europe Meat Producers and Traders S.A., don Cesar y J.L.O. Vending Canarias S.L.
1.- Por la parte actora se formuló demanda arreglada a las prescripciones legales, en la cual solicitaba, previa alegación de los hechos y fundamentos de derecho, que se dictara sentencia por la que se acuerde lo siguiente:
«1.- Se declare el incumplimiento, por parte de la entidad demandada, de la obligación de pago del precio que como parte compradora en los referidos contratos de compraventa le incumbía, concretamente en lo que se refiere al pago del precio correspondiente al exceso de cabida de la finca NUM000 , una vez inscrito este exceso en el Registro de la Propiedad.
»2.- Se condene consecuentemente a la entidad demandada a abonar a mi representada, de forma inmediata y en un solo plazo, la cantidad de 4.568.748,50 €; [correspondiente al precio del exceso de cabida de la finca regi
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