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Obligaciones y Contratos

TS, Sala Primera, de lo Civil, Pleno, 608/2017, de 15 de noviembre. Recurso 2678/2015. Con Comentarios

Ponente: RAFAEL SARAZA JIMENA
SP/SENT/925758
Gestión Documental
 El préstamo hipotecario en divisas no es un derivado financiero porque las operaciones de cambio son puramente accesorias y sin finalidad de realizar una inversión
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 Nulidad parcial de la cláusula multidivisa, al no superar el control de transparencia por no existir información pre ni contractual sobre riesgos asociados y repercusiones económicas y sustitución por Euribor, previsto en el propio contrato
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia
1.- La procuradora D.ª Sharon Rodríguez de Castro, en nombre y representación de D. Carlos Francisco y D.ª Milagros , interpuso demanda de juicio ordinario contra Barclays Bank S.A. en la que solicitaba se dictara sentencia:
«[...] en la que:
» a) Se declare la nulidad parcial del acuerdo suscrito en escritura pública, en lo que se refiere a las divisas, declarando así mismo de manera integradora que la cantidad adeudada es el saldo vivo de la hipoteca referenciado a euros, resultante de disminuir al importe prestado de 260.755 euros la cantidad amortizada en concepto de principal e intereses también en euros, condenando a Barclays a estar y pasar por esta declaración corriendo con todos los gastos que de ella se derivasen.
» b) Subsidiariamente, y para el caso de no estimarse la nulidad parcial de las referidas cláusulas, por considerar que no podría subsistir un préstamo convencional, interesa al derecho de esta parte que se declare la nulidad total del contrato de préstamo "multimoneda" con garantía hipotecaria suscrito por las partes en escritura pública en fecha 31 de julio de 2008 y se condene a la entidad a otorgar un préstamo hipotecario tradicional en euros aplicando las mismas condiciones pactadas en la escritura en relación con los intereses, que se fijan al LIBOR+ 0,82, para evitar que el fallo sea inejecut
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