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Arrendamientos Urbanos

TS, Sala Primera, de lo Civil, 156/2020, de 6 de marzo. Recurso 2400/2017. Con Comentarios

Ponente: IGNACIO SANCHO GARGALLO
SP/SENT/1042547
Gestión Documental
 No infringe la regla de interpretación gramatical la sentencia cuando establece que las partes estaban obligadas a negociar el mínimo garantizado para cada anualidad, al no establecerse ningún otro en el contrato
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 No puede aplicarse la cláusula "rebus sic stantibus" a un contrato de corta duración (1 año) en el que es difícil que acaezca algo extraordinario que afecte a la base del contrato y no quede amparado dentro de su propio riesgo
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. Tramitación en primera instancia
1. La procuradora Marta Díaz Amor, en nombre y representación de Zeta Gestión de Medios S.A., interpuso demanda de juicio ordinario ante el Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de A Coruña, contra las entidades Televisión de Galicia S.A. y Radiotelevisión de Galicia S.A., para que dictase sentencia por la que:
"[...] estimando íntegramente las pretensiones formuladas por mi representada:
" 1. Condene a la sociedad demandada, TVG, a abonar a mi representada, ZGM, la cantidad total de 291.199,18 Euros, IVA incluido, importe a que ascienden las 10 facturas emitidas por mi representada a cargo de TVG, pendientes todas ellas de pago, acompañadas a la presente demanda en el documento número 9, más los intereses legales devengados por dicho importe desde el vencimiento de cada una de las facturas que se le reclaman en este proceso.
" 2. Condene a la sociedad demandada, RTG, a abonar a mi representada, ZGM, la cantidad total de 78.722,24 Euros, IVA incluido, importe a que ascienden las 4 facturas emitidas por mi representada a cargo de RTG, pendientes todas ellas de pago, acompañadas a la presente demanda en el documento número 9, más los intereses legales devengados por dicho importe desde el vencimiento de cada una de las facturas que se le reclaman en este proceso.
" 3. Condene a la sociedad demandada, TVG,
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