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Propiedad Horizontal

AP Zamora, Sec. 1.ª, 90/2021, de 19 de febrero. Recurso 489/2020. Con Comentarios

Ponente: JESUS PEREZ SERNA
SP/SENT/1095530
Gestión Documental
 No perdiéndose la funcionalidad ni habitabilidad del local, debe declararse válida la constitución de servidumbre sobre una parte de la superficie del local para la instalación del ascensor
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO .- Por el JDO. 1A. INST. Nº 1 de Benavente se dictó sentencia de fecha 24 de agosto de 2020, cuya Parte Dispositiva dice: "FALLO QUE ESTIMANDO LA DEMANDA interpuesta por la representación procesal de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS SITA EN c/. CALLE000, Nº NUM000 DE BENAVENTE contra D/Dña. Emilio, ACUERDO la constitución de una servidumbre forzosa sobre el local del demandado a favor dela CCPP demandante sobre la superficie de 5,80 m2 referida en el informe técnico aportado como doc. nº 23 de la demanda, CONDENANDO al demandado a estar y pasar por dicha declaración y respetar la servidumbre, así como a no impedir la instalación de ascensor permitiendo la realización de las obras que resulten necesarias en el local propiedad de su propiedad, autorizando la entrada de cuantos operarios y técnicos resulten necesarios y FIJO como indemnización a cargo de la parte demandante a favor de la parte demandada la suma de QUINCE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA EUROS CON CUARENTA Y UN CENTIMOS (15.250,41€;) en concepto de daños y perjuicios derivados de la instalación del ascensor, todo ello con expresa imposición de costas devengados en el presente procedimiento".
SEGUNDO .- Contra mencionada resolución interpuso la parte demandada el presente recurso de apelación que fue sustanciado en la instancia de conformidad con lo establecido en el art. 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil; se elevaron los autos, correspondiendo a este Tribunal su resolución, dando luga
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