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Propietat Horitzontal Catalunya

AP Barcelona, Sec. 11.ª, 80/2021, de 8 de febrero. Recurso 448/2019

Ponente: ANTONIO GOMEZ CANAL
SP/SENT/1090699
Gestión Documental
 Se inadmite el recurso de apelación porque en el momento de su interposición no se habían abonado las cuotas comunitarias que se debían
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ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- RESOLUCIÓN RECURRIDA.
En el juicio ordinario 1.161/17 seguido ante el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Mataró tras la oposición entablada en el proceso monitorio 513/17 recayó Sentencia el día 28 de febrero de 2.019 cuya parte dispositiva establece textualmente lo siguiente:
"Estimando íntegramente la demanda interpuesta por la representación procesal de la comunidad de propietarios del edificio sito en el número NUM001 de la calle DIRECCION001 de Mataró frente a la comunidad de propietarios del aparcamiento del DIRECCION002" de Mataró, debo condenar y condeno a esta última a pagar a aquélla la suma de 10.781,26 euros con el interés legal devengado desde el 16 de junio de 2016 y todo ello, con expresa imposición de las costas causadas."
Segundo.- LAS PARTES EN EL RECURSO.
Contra dicha Sentencia condenatoria la interpelada interpuso recurso de apelación. Conferido legal traslado, la actora se opuso a su admisibilidad y estimación. A continuación las litigantes fueron emplazadas ante la Superioridad y ambas comparecieron en tiempo y forma.
Tercero.- TRAMITACIÓN EN LA SALA.
Recibidos los autos en esta Sección requerimos a la apelante la acreditación del puntual cumplimiento del requisito impuesto por el art. 449.4 LECivil. Evacuado el trámite anterior, descartamos la necesidad de celebración de vista
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