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Propietat Horitzontal Catalunya

AP Barcelona, Sec. 13.ª, 93/2017, de 2 de marzo. Recurso 952/2015

Ponente: MARIA DELS ANGELS GOMIS MASQUE
SP/SENT/906348
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 El presidente no ha acreditado la existencia de una cuerdo de junta por el que se le faculte para representar a la comunidad para ejercitar acciones contra el administrador
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la Sentencia apelada , es del tenor literal siguiente:
"FALLO: Estimando la falta de legitimación activa, desestimo la demanda formulada por Comunidad de Propietarios de la DIRECCION000 nº 155 de Barcelona contra Higinio , absolviendo a éste de las peticiones deducidas en su contra, con condena en costas a la parte actora."
SEGUNDO.- Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria se opuso en tiempo y forma; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
TERCERO.- Se señaló para votación y fallo el día 23 de noviembre de 2016.
CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. M. ANGELS GOMIS MASQUE.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Con la demanda inicial la actora, COMUNIDAD DE PROPIETARIOS C/ DIRECCION000 , NUM000 de BARCELONA, se dirige contra Higinio en ejercicio de una acción de responsabilidad contractual, ex art. 1101 CC , por defectuoso cumplimiento del contrato de arrendamiento de servicios que les vincula, solicitando que se condene a éste al pago de la suma de 63.946'73€;, más intereses legales desde la interposición de la demanda. Alega, en esencia, la comunidad actora que al demandado, en su condición de administrador de la finca y gestor, se le encargó la solicitud y tramitación ante el Ayuntamiento de Barcelona y el Consorci de l'Habitatge de la obtención de diversas ayudas públicas (subvenciones) para la instalación de un ascensor (expte. 2009/1058), refuerzo de la estructura de escalera, vestíbulo, instalaciones de agua, bajantes, terrazas y patios (expte NUM001 ) y rehabilitación horizontal (expt NUM002 ), a cuyo efecto el demandado presento tres solicitudes por cada uno de estos conceptos, y que, mientras en este último expediente se concedió a la actora una subvención por importe de 20.516'90€;, en los otros dos la subvención fue denegada por haber sido presentada fuera de plazo, denegación que fue confirmada en el recurso de alzada interpuesto. El demandado reconoció la existencia de un error por su parte y gestionó la indemnización por parte de la compañía que asegura su responsabilidad civil, quien ofreció a la actora una suma irrisoria. La existencia del error del gestor ha prov
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