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Violencia Doméstica y de Género

AP Ourense, Sec. 1.ª, 100/2017, de 17 de marzo. Recurso 365/2016

Ponente: ANGELA IRENE DOMINGUEZ-VIGUERA FERNANDEZ
SP/SENT/901773
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 El informe señala la necesidad de mantener la estabilidad de la menor que está bajo la custodia materna desde la separación, con la anuencia del padre que ni siquiera solicitó la compartida; el cambio solicitado no es favorable al interés de la hija
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 El episodio de violencia producido durante la convivencia de la madre con una pareja es irrelevante pues actualmente en el domicilio familiar sólo viven madre e hija
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 Se amplían las visitas de fin de semana desde el viernes a la salida del colegio, la relación de la menor, con sus tíos y primo, con quien el padre convive no es perjudicial; debe dejarse a la menor al margen de las relaciones de la madre con la tía
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ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Por el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de los de Ourense, se dictó sentencia en los referidos autos, en fecha 10 de febrero de 2016 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Acuerdo la DISOLUCION del matrimonio formado por Dña. Nieves y D. Balbino con todos los efectos legales inherentes a dicha disolución. Se acuerdan como medidas definitivas:
a) Se atribuye la guarda y custodia de la menor Delfina a la madre , ejerciendo la patria potestad compartida ambos progenitores.
b) Establecer como régimen de visitas en favor del padre,
· Fines de semana alternos desde el sábado a las 11:00 horas hasta el domingo a las 20:00 horas. En caso de existir puentes escolares (lunes y/o martes festivos) durante el fin de semana que le corresponda al progenitor no custodio la visita se desarrollará hasta las 20:00 horas del día anterior al día lectivo que la reintegrará al domicilio materno. En caso de existir puentes escolares (jueves y/o viernes) en el momento anterior al fin de semana que le corresponde al padre éste podrá ir a recoger a la menor a la salida del colegio el miércoles y/o jueves.
· Las tardes de los martes y jueves desde la salida del colegio donde los recogerá, hasta las 20:30 horas que deberá reintegrarlos al domicilio materno. Deberá llevar a la menor a las actividades extraescolares.
· En cuanto a las vacacion
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