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Violencia Doméstica y de Género

AP Burgos, Sec. 1.ª, 190/2017, de 6 de junio. Recurso 67/2017

Ponente: LUIS ANTONIO CARBALLERA SIMON
SP/SENT/913788
Gestión Documental
 La retractación en el plenario de la declaración sumarial es una manifestación más de la dispensa del art. 416 LEcrim de no declarar contra su pareja: no puede valorarse la declaración anterior ni tiene virtualidad acreditativa la prueba referencial
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO .- En las diligencias del Procedimiento Abreviado de referencia, por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Burgos, se dictó sentencia, de fecha 28 de Noviembre de 2016 , cuya declaración de Hechos Probados es del tenor literal siguiente:
H ECHOS PROBADOS.-
"Se declara probado que el acusado Celestino , nacido en Burgos, el día NUM000 de 1974, con D.N.I. número NUM001 , condenado como autor de un delito de quebrantamiento de condena/medida cautelar por sentencia de 03-12-1999 de la Audiencia Provincial de Burgos , ha mantenido una relación de pareja con convivencia con Emma , sin tener hijos menores en común.
En fecha 15 de Agosto de 2015, se dictó Auto por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Briviesca por el que se acordaba la medida cautelar de Orden de Protección imponiendo, entre otras, como medidas penales la prohibición impuesta al acusado Celestino de acercarse a Emma , a su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro lugar donde se encuentre a una distancia no inferior a 200 metros así como la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio y/o procedimiento durante toda la tramitación de la causa, resolución notificada en legal forma al acusado, requerido a su cumplimiento y apercibido de las consecuencias de su conculcación, no obstante lo cual, y aún a sabiendas tanto de la existencia de dicha prohibición como de su vigencia, el acusado, Celestino , desde el día 17 de Agosto del 2015 hasta el
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