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Violencia Doméstica y de Género

AP Valencia, Sec. 10.ª, 751/2017, de 19 de septiembre. Recurso 367/2017

Ponente: CARLOS ESPARZA OLCINA
SP/SENT/927620
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 Conforme al informe psicosocial el interés del menor justifica mantener la custodia a favor del padre, con quien se encuentra estable en todos los aspectos, aunque fue condenado por delito de maltrato las partes pactaron que él asumiera la custodia
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 Dado que la abuela paterna ha tenido problemas con la madre las entregas y recogidas en el régimen de visitas se harán en el PEF
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 Se confirma la pensión alimenticia de 100€ a cargo de la madre, cantidad mínima para la subsistencia de la hija, aunque ahora no trabaja si lo ha hecho recientemente, por lo que es razonable pensar que vuelva a hacerlo
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- En dichos autos por el Iltmo. Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 3 DE DIRECCION000 , en fecha 29/09/2016, se dictó Sentencia y Auto de Aclaración de fecha 11/11/2016 cuyas partes dispositivas son como sigue: "Que ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por la representación procesal de DON Estanislao , contra DOÑA María Virtudes y, DESESTIMANDO la demanda interpuesta por DOÑA María Virtudes contra DON Estanislao , debo acordar y acuerdo como medidas definitas que regirán las relaciones paterno-filiales, las siguientes:
1.- La guarda y custodia de la hija menor se atribuye al padre, siendo el ejercicio de la patria potestad compartido entre ambos progenitores.
2.- Un régimen de visitas a favor de la madre con respecto a su hija menor, consistente en fines de semana alternos, desde la salida del colegio del viernes, y si no lo hubiere, desde las 17:00 horas, hasta las 20:00 horas del domingo. Cuando un fin de semana haya ido la madre a DIRECCION001 , el siguiente fin de semana que le corresponda el disfrute será el padre o familiar del mismo, el encargado de traer a la menor hasta DIRECCION002 . Las recogidas y entregas se harán en el lugar o punto que designen las partes y, si no hubieren previsto ninguno, en el domicilio de los progenitores, por sí o por persona allegada.
3.- Las vacaciones escolares de la menor, según calendario escolar, de Navidad, Fallas, Semana Santa
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