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Administrativo

SP/DOCT/120827

Artículo Monográfico. Diciembre 2022

Inclusión indebida en ficheros de morosidad; Acciones a ejercitar por el perjudicado. Cuantificación del daño moral, cuestiones y dudas que genera en la práctica jurídica.

José Mª Fernández Abella. Juez sustituto adscrito al Tribunal Superior de Justicia de Galicia
RESUMEN

En el presente artículo se hace una aproximación a los requisitos necesarios para la inclusión en los datos un fichero de morosos, así como el estudio de la inclusión indebidamente en los mismos y las consecuencias que ello conlleva, especial referencia a la indemnización del daño moral.

In this article an approach is made to the necessary requirements for the inclusion in the data of a file of defaulters, as well as the study of the undue inclusion in the same ones and the consequences that it entails, special reference to the compensation of the moral damage.

PALABRAS CLAVE

Fichero de morosos, protección de datos, indemnización, daño moral

Gestión Documental
I.- INTRODUCCION.
Decía Aristóteles que "la prudencia es una virtud y no un arte" (cap "De la prudencia" de su libro Moral a Nicómaco), no obstante pese a dicha recomendable virtud que ha de imperar en toda actuación humana, no siempre se ejercita con la anhelada regularidad, siendo una virtud que hubiere de alcanzar su máximo exponendo en el ámbito jurídico en el que se ha de ser, si cabe, más rigurosos pues ha de imperar y prevaler la prudencia con más eficacia y eficiencia.
En este artículo abordaremos una de las situaciones que, fruto de la crisis que nos ha tocado vivir, cobra especial relevancia habiendo de efectuar una valoración y/o análisis de los requisitos que han de concurrir para dar lugar a dicha inscripción, con las consecuencias inherentes, caso concreto de no acomodarse a lo preceptuado legalmente, que ello hubiere de conllevar.
Convendremos, tal y como adelantábamos que, en una época en la que la crisis financiera ha sido evidente y significativa en los últimos tiempos, se ha traído a un primer nivel la inquietud del legislador a la hora de proteger los datos de los operadores jurídicos (en particular los consumidores) que aparecen incluidos, en no pocas ocasiones, de forma indebida en los registros de impagos, proporcionando información a terceros que, caso concreto que no se acomode a los requisitos exigidos ex lege, conlleva unos daños, no sólo para el consumidor, sino también para empresas, con la afectación negativa que p
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