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Administrativo

TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 5.ª, 569/2020, de 27 de mayo. Recurso 6731/2018. Con Comentarios

Ponente: WENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY
SP/SENT/1053316
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 Sobre la nulidad o anulabilidad de los Planes de urbanismo por ausencia de informes preceptivos: El Supremo repasa su propia doctrina jurisprudencial y reconoce la polémica que suscita la cuestión
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Objeto del proceso en la instancia.-
La Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Segunda) del Tribunal Superior de Justicia de Canarias con sede en Las Palmas de Gran Canaria dictó sentencia nº 117/18, de 14 de mayo, por la que, con estimación parcial del procedimiento ordinario nº 103/15 interpuesto por la Abogacía del Estado en la representación legal que le es propia, se declara nulo el Plan General de Ordenación Supletorio de Yaiza (Lanzarote), -BOC nº 152/2014 de 26 de noviembre- con alcance parcial referido a la parte que incide sobre el dominio público marítimo terrestre y sus zonas de servidumbre, con retroacción del procedimiento a momento oportuno a fines de que se solicite y emita el informe previsto en el artículo 117.2 de la Ley 22/1988 de 28 de julio, de Costas.
SEGUNDO.El recurso de casación promovido por la parte.-
Por las representaciones procesales de la Comunidad Autónoma de Canarias, Ayuntamiento de Yaiza y la mercantil "YUDAYA S.L" se presentaron sendos escritos de preparación de recurso de casación contra la mencionada sentencia en los cuales, tras razonar sobre la presentación del recurso en plazo, su legitimación y la recurribilidad de la resolución impugnada, denunciaron las siguientes infracciones legales y/o jurisprudenciales:
1) Comunidad Autónoma de Canarias: Arts. 112 y 117.2 de la Ley 22/1988 de 28 de julio, de Costas y el art. 2
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