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Administrativo

TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 2.ª, 135/2021, de 4 de febrero. Recurso 6456/2019

Ponente: FRANCISCO JOSE NAVARRO SANCHIS
SP/SENT/1085809
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 La simulación tributaria comporta la existencia de dolo y, en consecuencia, procede la imposición de sanciones
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Resolución recurrida en casación y hechos del litigio.
1. Este recurso de casación tiene por objeto la mencionada sentencia de 27 de mayo de 2019, en la que se acuerda, literalmente, lo siguiente:
"[...] Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la entidad DOMATNER, SL contra la resolución del TEARC de fecha 15 de septiembre de 2016, con imposición de costas a la actora hasta la cifra máxima de 500 euros [...]".
La fundamentación conducente al fallo de la sentencia se refiere tanto a la apreciación de la simulación como base de la regularización, como a la procedencia de la sanción, se expone en ella del siguiente modo:
"[...] SÉPTIMO.- Sobre los indicios utilizados por la Inspección.
La asunción de determinadas conclusiones a partir de indicios está sometida a condiciones; así se viene diciendo que la prueba indiciaria requiere dos elementos:
a) que los hechos básicos -indicios- estén completamente acreditados;
b) que entre tales hechos básicos y aquel que se trata de acreditar exista un enlace preciso y directo, según las reglas del criterio humano o "máximas de la experiencia", entendidas como elemento de racionalidad.
La falta de racionalidad del engarce puede venir determinada tanto por la arbitrariedad o
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