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Administrativo

TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 2.ª, 511/2022, de 28 de julio. Recurso 352/2020

Ponente: JOSE DANIEL SANZ HEREDERO
SP/SENT/1157576
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 Se concede a la actora el Certificado Complementario de Protección, en el ámbito de los medicamentos, pues las patentes que sirven de base pertenecen a titulares distintos. En consecuencia, se anula el acto administrativo impugnado
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada.
SEGUNDO.- Que asimismo se confirió traslado a la representación de la parte demandada, para contestación a la demanda, lo que verificó por escrito, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la desestimación de las pretensiones deducidas en la demanda.
TERCERO.- Con fecha 21 de julio de 2022 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.
VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. José Daniel Sanz Heredero.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- El presente recurso contencioso-administrativo tiene por objeto la impugnación de la resolución dictada el 20 de marzo de 2020 de la Oficina Española de Patentes y Marcas, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra la resolución de 14 de noviembre de 2019, por la que se deniega la concesión de la solicitud de Certificado Complementario de Protección núm. 201830020 "DERIVADOS DE ESTAUROSPORINA".
Concretamente, la resolución resolutoria del recurso de alzada razona su decisión en los términos siguientes:
" PRIMERO: El 22 de diciembre de 2017, NOVARTIS AG solicitó un CCP para el producto "Midostaurina" en base a la autorización de comercialización (AC) EU/1/17/1218 y la patente base E04740016. El mismo fue concedido el 2 de agosto de 2018 con el número 201730062.
SEGUNDO: El 15 de marzo de 2018 NOVARTIS AG y DANA-FARBER CANCER INSTITUTE INC. solicitaron el presente CCP para el producto "Rydapt - Midostaurina" en base a la autorización de comercialización (AC) EU/1/17/1218 y la patente base E02791654.
TERCERO: El 14 de noviembre de 2019 se acordó la denegación del CCP nº 201830020 al considerar que el producto objeto del mismo ya ha sido objeto de un CCP, el CCP nº 201730062 y porque uno de los solicitantes del presente Certificado Complementario de Protección, Novartis AG, es titular de dos patentes de base (en una de ellas es
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