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Administrativo

AN, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 5.ª, de 9 de diciembre de 2022. Recurso 1729/2021

Ponente: EDUARDO HINOJOSA MARTINEZ
SP/SENT/1167350
Gestión Documental
 Notificación en papel y posteriormente, electrónica: desde la primera notificación válida corren los plazos para la interposición del recurso
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ANTECEDENTES DE HECHO
PR IMERO.- Resolución administrativa recurrida
El presente recurso contencioso-administrativo se dirige frente a la resolución de 8 de diciembre de 2020, del Tribunal Económico-Administrativo Central, de inadmisión del recurso extraordinario de revisión número 00/7253/2018, interpuesto por la entidad actora en relación liquidación provisional de referencia NUM000, girada por la Unidad de Gestión de Grandes Empresas de la Delegación Especial de Galicia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido.
SE GUNDO.- Interposición del recurso, demanda y contestación
Interpuesto y turnado a esta Sección, el recurso fue admitido a trámite con reclamación del expediente administrativo, del que una vez recibido se dio traslado a la actora con su emplazamiento para formalizar la demanda, lo que así hizo su representación mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró oportunos, terminó suplicando a la Sala que "..dicte sentencia por la que estimando íntegramente esta Demanda:
Primero.- Declare no ser conforme a Derecho, deje sin efecto la Resolución con número reclamación NUM001, de fecha 8 de septiembre de 2020, del Tribunal Económico Administrativo de Central, por la que se inadmite el recurso extraordinario de revisión.
Segundo.- Que se declare no conforme
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