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Nuevas Tecnologías

SP/DOCT/73139

Artículo Monográfico. Marzo 2018

Directrices del Grupo de Trabajo del artículo 29 sobre el consentimiento en el Reglamento General de Protección de Datos

Elena Gil González. Abogada de Nuevas Tecnologías. Doctoranda en big data y protección de datos
Gestión Documental
I. Introducción
El día 12 de diciembre del año 2017 fue publicado el Borrador de Directrices sobre el consentimiento bajo el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) elaborado por el Grupo de Trabajo del artículo 29 (en adelante, GT29), germen del actual Comité Europeo de Protección de Datos, organismo que aglutina los representantes de las autoridades de protección de datos de cada uno de los Estados miembros de la Unión Europea. Se trata de un documento que desarrolla la Opinión sobre el consentimiento publicada en 2011 por el propio GT29, aunque en esta ocasión analizado a la luz del RGPD, normativa de aplicación a partir del 25 de mayo de 2018 y que ha supuesto cambios de gran envergadura práctica en el tratamiento de datos personales.
Se trata de un documento de gran importancia para todos aquellos responsables y encargados del tratamiento de datos personales que en los meses previos a mayo de 2018 deberían haber llevado a cabo un proceso de adaptación de sus prácticas a los nuevos requisitos normativos. Por este motivo, al final del documento se incluyen recomendaciones que han de tener en cuenta los responsables y encargados del tratamiento a la luz de este borrador de directrices.
Las directrices comienzan enfatizando que el consentimiento únicamente será una base legítima para el tratamiento de datos personales en la medida en que los interesados tengan un control y una opción genuina y verdadera de elección sobre la aceptació
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