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AP Navarra, Sec. 2.ª, 113/2018, de 20 de septiembre. Recurso 40/2018

Ponente: RICARDO JAVIER GONZALEZ GONZALEZ
SP/SENT/973960
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 Delito de quebrantamiento de medida al enviar el acusado mensaje a través de Facebook, que aunque no fueron cotejados ni se haya practicado prueba pericial existen indicios suficientes para acreditarse el envío por el acusado
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Se admiten los de la sentencia de instancia.
SEGUNDO.- Con fecha 27 de noviembre del 2017, el Juzgado de lo Penal Nº 5 de Pamplona/Iruña dictó en el citado procedimiento sentencia cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
"" FALLO
QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a Ricardo , como autor responsable, con la concurrencia de la agravante de reincidencia del artículo 22.8ª del Código Penal , de un delito continuado de quebrantamiento de condena del artículo 468.2 y 74.1 del Código Penal , a:
1.- La pena de 10 meses y 16 días de prisión.
2.- La inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
3.- Abonar las costas del presente procedimiento, incluidas las costas de la Acusación Particular.
Para el cumplimiento de la pena impuesta podrá ser de abono el tiempo que el condenado haya permanecido cautelarmente privado de libertad por esta causa.
Llévese certificación de la presente Sentencia a los autos principales y notifíquese al Ministerio Fiscal y a las partes con expresión del recurso de apelación que cabe interponer frente a la misma ante este Juzgado dentro de los DIEZ DÍAS siguientes al de su notificación, correspondiendo el conocimiento del recurso a la Audiencia Provincial de Navarra. El acusado juzgado en
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