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Extranjería

SP/DOCT/111479

Jurisprudencia Comentada. Mayo 2021

El Tribunal Supremo pone fin al dilema sobre si es posible sancionar con multa la residencia irregular. STS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 5.ª, 17-03-2021

Departamento Juridico de Sepín Extranjería
RESUMEN

Si hay algún asunto jurídico que ha ocasionado vaivenes en el ámbito de la extranjería en los últimos años, ese ha sido la posibilidad de sancionar la residencia irregular con multa o expulsión, a tenor de la redacción dada en los artículos 53, 55, y 57 de la LO 4/2000, de 20 de abril. El Tribunal Supremo, a tenor de los últimos pronunciamientos del TJUE, ha interpretado definitivamente los artículos 53, 55 y 57 de la LO 4/2000 LOEX.

If there is any legal matter that has caused fluctuations in the field of immigration in recent years, that has been the possibility of sanctioning irregular residence with a fine or expulsion, according to the wording given in articles 53, 55, and 57 of LO 4/2000, of April 20. The Supreme Court, according to the latest pronouncements of the CJEU, has definitively interpreted articles 53, 55 and 57 of LO 4/2000 LOEX.

PALABRAS CLAVE

Expulsión, multa, susticuicón de la expulsión por multa, residencia irregular

Expulsion, fine, substitution of expulsion due to fine, irregular residence

Gestión Documental
Si hay algún asunto jurídico que ha ocasionado vaivenes en el ámbito de la extranjería en los últimos años, ese ha sido la posibilidad de sancionar la residencia irregular con multa o expulsión, a tenor de la redacción dada en los artículos 53, 55, y 57 de la LO 4/2000, de 20 de abril.
En un principio parecía más o menos consensuado que la expulsión requería algo más que una simple residencia irregular, y que siendo la sanción principal la de multa, la expulsión, en cuanto sanción más grave y secundaria, requería una motivación específica y distinta. La casuística era tan enorme, que situaciones muy parecidas a veces no tenían un resultado parecido.
Entonces llegó ella, la sentencia del TJUE de 23 de abril de 2015 -SP/SENT/806961-, y fue contundente al afirmar que no se permitía establecer un sistema que, en caso de situación irregular de nacionales de terceros países en el territorio UE, impusiera, dependiendo de las circunstancias, o bien una sanción de multa, o bien la expulsión.
Aunque con algunas reticencias al principio, la mayoría de nuestros tribunales acataron esa sentencia con base al principio de jerarquía normativa, y con el transcurso del tiempo, el Tribunal Supremo también vino a decir en numerosa jurisprudencia que excusa su mención que no es posible optar entre la sanción de multa o expulsión, sino que ha de imponerse preceptivamente la de expulsión
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