CARGANDO...

Extranjería

SP/NOT/976

Notas. Mayo 2017

Un nacional de un país que no es miembro de la UE puede, en su condición de progenitor de un hijo menor de edad que posee la ciudadanía europea, invocar un derecho de residencia derivado en la Unión

La circunstancia de que el otro progenitor, ciudadano de la Unión, pueda asumir por sí solo el cuidado diario y efectivo del menor constituye un elemento pertinente, pero no basta por sí misma para denegar un permiso de residencia.

Para ello, es necesario poder determinar que entre el menor y el progenitor nacional de un país que no es miembro de la UE no existe una relación de dependencia tal que una decisión que deniegue el derecho de residencia a este último obligaría al menor a abandonar el territorio de la Unión.
Gestión Documental