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Extranjería

TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 5.ª, 781/2019, de 6 de junio. Recurso 4546/2018

Ponente: CESAR TOLOSA TRIBIÑO
SP/SENT/1010632
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 Aplicación del art 7 RD 240/2007 a la reagrupación de familiares no comunitarios de españoles en el momento de la concesión inicial y en supuestos de revocación por no darse ya las circunstancias que la sustentaban, como no disponer de recursos
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO: La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, en el recurso de apelación nº 230/2017 dictó, el día ocho de febrero de dos mil dieciocho, Sentencia -con Voto particular- cuyo Fallo era del siguiente tenor literal: ""Estimamos el presente recurso de apelación promovido por DOÑA Juliana contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n° 1 de Santander de de fecha 4 de octubre de 2017 , siendo parte apelada ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO (DELEGACION DEL GOBIERNO EN CANTABRIA) la cual revocamos y anulamos el acto administrativo impugnando, [...]"", esto es, ""SE DESESTIMA ÍNTEGRAMENTE la demanda interpuesta por la Letrado doña Eugenia Gómez de Diego en nombre y representación de doña Juliana contra la Resolución de la Delegación del Gobierno en Cantabria de 7-6-2017 que desestima el recurso de alzada contra la Resolución de 20-4-2017 que extingue la tarjeta de familiar de residente comunitario. [...]""
SEGUNDO: Notificada a los interesados, el Abogado del Estado presentó recurso, que dio lugar al Auto de ocho de mayo de dos mil dieciocho, en el que se tenía por preparado el mismo y se emplazaba a las partes para ante este Tribunal de Casación.
Denuncia, en síntesis, la parte que: ""con singular referencia al caso, de la concurrencia de los supuestos que, con arreglo a los apartados 2 ° y 3° del artículo 88 de la LJCA , permiten
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