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Derechos Reales

SP/DOCT/21129

Opinión. Septiembre 2016

Tutela de la posesión en el Código Civil: requisitos a los que se condiciona el éxito de la acción

Iciar Bertolá Navarro Directora de Sepín Obligaciones y Contratos
Notas previas
En esta ocasión, el tema elegido para ilustrar este espacio es el de las acciones de tutela sumaria de la posesión, popularmente conocidas como "interdictos", que tienen como fin inmediato la protección de una determinada situación posesoria.
Un supuesto que puede servir de ejemplo para solicitar este tipo de tutela es el de una persona, que con frecuencia utiliza un camino para acceder a su finca y que, pasado cierto tiempo, se encuentra con que la entrada de dicho camino ha sido clausurada mediante la colocación de una cancela que impide el libre tránsito de personas por el mismo, como habitualmente era costumbre.
El llamado juicio verbal sobre tutela sumaria de la posesión (art. 250.1.4.º LEC) es un procedimiento sumario destinado a proteger la posesión como hecho o el hecho mismo de la posesión, cualquiera que fuera su origen o naturaleza, contra las perturbaciones o el despojo consumado, con daño del poseedor. Tiene su fundamento en el art. 446 CC que proclama la defensa de la posesión y que dispone que "todo poseedor tiene derecho a que se respete su posesión; y, si fuese inquietado en ella, deberá ser amparado o restituido en dicha posesión por los medios que las leyes de procedimiento establecen".
Se trata, pues, de tutelar una apariencia jurídica y de intentar restaurar la situación primitiva, modificada arbitrari
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