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Derechos Reales

TS, Sala Primera, de lo Civil, 475/2017, de 20 de julio. Recurso 2072/2014

Ponente: IGNACIO SANCHO GARGALLO
SP/SENT/914323
 Caja España se allana a las pretensiones del consumidor que suscribió el préstamo hipotecario cuya cláusula suelo es declarada nula, debe devolver lo cobrado indebidamente en virtud de ésta y es condenado al pago de las costas de la apelación
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. Tramitación en primera instancia
1. El procurador José Luis Buján Menéndez, en nombre y representación de Mario , interpuso demanda de juicio ordinario ante el Juzgado de Primera Instancia núm. 8 y Mercantil de León, contra la entidad Caja España de Inversiones (hoy Banco de Caja España, de Inversiones, Salamanca y Soria, SAU), para que se dictase sentencia:
«en la que:
1.- Se declare la nulidad de la estipulación quinta del contrato de préstamo con garantía hipotecaria de fecha 3 de febrero de 2011; manteniéndose la vigencia del contrato sin la aplicación de los límites de suelo del 3,50% y de techo del 12.5%, fijados en aquella.
2.- Se condena a la entidad demandada a restituir al actor las cantidades que se hubieran podido cobrar en exceso por aplicación de dicha cláusula desde la aplicación de la cláusula suelo en vez del interés de referencia, esto es desde noviembre de 2009, o en su caso desde que ha sido requerida la entidad en 2011; a determinar en ejecución de sentencia, sobre las bases, de las sumas reales que se abonen durante dicho periodo conforme a la cláusula cuya vigencia se mantiene hasta una eventual sentencia estimatoria, y su diferencia con lo que se hubiera debido cobrar sin la aplicación del suelo del 3,5%, conforme a la fórmula pactada de tipo variable del Euribor más 0.65 enteros, y conforme se ha precisado en la relación fáctica de esta demanda&
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